La Prision Abierta: Nuevo Regimen Juridico
El régimen abierto es una forma de cumplimiento de la pena de prisión en semilibertad, una mezcla equilibrada entre el internamiento y la libertad vigilada, que está recogida en la legislación comparada de otros países con la denominación de prisión abierta, careciendo de obstáculos físicos contra la evasión e inspirada en el principio de autorresponsabilidad de los penados. Esta modalidad de cumplimiento tiene la virtud principal de ofrecer un periodo intermedio entre la prisión ordinaria y la libertad, y sirve de preparación para la plena incorporación del penado a la vida social, por lo que es un instrumento indispensable en un sistema sancionador orientado a la resocialización. A las prisiones abiertas son destinados los penados clasificados en tercer grado, los requisitos legales para acceder al mismo han sido modificados por la L.O. 7/2003, de 30 de junio, y la L.O. 5/2010, de 22 de junio, de reforma del Código Penal. A lo largo de este libro investigamos la clasificación en tercer grado, el régimen abierto y las diversas formas de cumplimiento fuera de prisión, asimismo proponemos las posibles mejoras a introducir para alcanzar la finalidad reinsetadora establecida en nuestra Constitución.